Ayudas para personas mayores y personas con discapacidad

La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación convoca subvenciones para colectivos de personas mayores y de personas con discapacidad, a título individual, destinadas a facilitar la autonomía.

LÍNEAS SUBVENCIONABLES Y COLECTIVOS

  1. Para PERSONAS MAYORES. Destinadas a facilitar la autonomía.
    • Conceptos subvencionables:
      • Adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis dentales, así como actuaciones para su implantación para personas mayores de 65 años.
    • Documentación a presentar. Consúltala pinchando AQUÍ
    • Requisitos. De acuerdo con el apartado 4 del cuadro resumen de las bases reguladoras de esta línea de subvenciones, podrán solicitar las subvenciones las personas físicas mayores de 65 años con vecindad administrativa en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.*Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
      • Que la renta per cápita de la unidad económica de convivencia no sea superior a 1,25 veces el IPREM, entendiendo por unidad económica de convivencia, todas aquellas personas que convivan en el domicilio de la persona solicitante y se encuentren incluidas en el certificado de empadronamiento colectivo o familiar.
      • Tener cumplidos 65 años el último día del plazo de presentación de solicitudes.
      • No haber obtenido la condición de beneficiario o beneficiaria definitiva por el mismo concepto en la convocatoria anterior.
      • Disponer de un presupuesto cierto.
      • Prescripción médica.
      • Hallarse a corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

 

2. Para PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

    • Conceptos subvencionables:
      • Adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis, así como productos de apoyo para personas con discapacidad.
      • Adquisición, renovación ó reparación de recursos tecnológicos ( dispositivos, equipos, instrumentos, tecnología, aplicaciones, sofware, etc).
      • Gastos de desplazamientos de personas con discapacidad al centro residencial o de día que deban asistir.
    • Documentación a presentar. Misma documentación que en el apartado anterior, más documentación específica:
      • Certificado o Resolución del grado de dependencia.
      • Fotocopia del carnet de familia numerosa.
      • Permiso de conducir.
    • Requisitos.
      • Tener una discapacidad física, psíquica ó sensorial en un grado igual o superior al 33 % y poseer resolución de reconocimiento del grado el último día de presentación de solicitud.
      • Que la renta per cápita de la unidad económica de convivencia no sea superior a 1,25 veces el IPREM, entendiendo por unidad económica de convivencia a todas aquellas personas que convivan en el domicilio de la persona solicitante y se encuentren incluidas en el certificado de empadronamiento colectivo o familiar.
      • Disponer de un presupuesto cierto.
      • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

 

· ABIERTO PLAZO DE SOLICITUD HASTA EL 24/09/2021

Información y entrega de solicitudes en Servicios Sociales ubicado en Centro Cívico (Av. Portugal S/N). *Obligatorio cita previa en el 954 797 126.

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *